El bono social eléctrico es un mecanismo para facilitar a determinados hogares (de entrada, consumidores con menos recursos, consumidores vulnerables, pero también familias numerosas). Y consiste en un descuento en la factura que lo convierte en la mejor opción para pagar menos por la electricidad.
Son muchos los consumidores que podrían solicitar el bono social, y no lo saben. Quizá es tu caso o el de alguien de tu entorno. Te contamos quiénes son los beneficiarios del bono social, en qué consiste este descuento, que oscila entre el 25% y el 100% de la factura eléctrica y qué pasos hay que dar para solicitarlo. Además hasta el 31 de marzo de 2022 se ha reforzado la protección para los hogares con derecho al bono social.
El reglamento del Bono Social estableció tres categorías de usuarios que se podían beneficiar del bono, con diferentes ventajas en función de cada caso.
Pero los hogares con bono social no sólo se benefician de un importante ahorro en la factura, sino que cuentan con algunas ventajas adicionales:
Protección frente al corte de suministro
Acceso al bono social térmico.
Este bono consiste en una ayuda puntual que reciben todos los titulares del suministro con bono social eléctrico. No es necesario solicitarlo. Cada 31 de diciembre se registran los suministros con bono social, y en el siguiente trimestre deben recibir una transferencia cuyo importe se fija en función de la zona climática en la que esté el hogar el tipo de consumidor vulnerable.
Los requisitos para acceder al bono social en las distintas categorías,son diferentes.
Ser familia numerosa
Las familias numerosas se consideran a todos los efectos consumidor vulnerable y por lo tanto pueden solicitar el bono social sin ningún requisito de renta. No necesitan cumplir ningún otro requisito. Para ser considerados 'consumidor vulnerable severo' deberán justificar los bajos ingresos establecidos.
O tener una renta limitada
La renta anual es el principal criterio para acceder al bono social y encuadrarse en una u otra categoría. A la hora de fijar los límites económicos se tienen en cuenta el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) de 14 pagas. No hay que confundir con los ingresos brutos. La renta anual es la suma de la base Imponible general y base imponible del ahorro, de la última declaración de la renta. Y solo se tiene en cuenta los ingresos de la unidad familiar fiscal del solicitante. Es decir no se consideran los ingresos de hijos mayores de edad u otros familiares que convivan.
Se considera consumidor vulnerable el hogar (la unidad familiar fiscal) cuyos ingresos no superen 1.5 veces el IPREM, si no hay menores, 2 veces el IPREM, si hay un menor, y 2,5 veces el IPREM en caso de que haya dos menores en la unidad familiar.
O tener unas circunstancias personales o familiares especiales
Los límites se incrementan en 0,5 veces el IPREM cuando algún miembro de la unidad familiar:
O bien ser pensionista (por la mínima)
También pueden pedirse si el titular o si todos los miembros de la unidad familiar que tengan ingresos son pensionistas de la Seguridad Social (por jubilación o incapacidad permanente) y perciben la cuantía mínima vigente de su tipología de pensión.
O pertenecer a colectivos afectados por el coronavirus
Debido a la crisis provocada por la pandemia, se amplió temporalmente el bono social (y se ha prorrogado hasta el 28 de febrero de 2022) a un nuevo colectivo de afectados: en concreto, podrán ser beneficiarios los titulares del suministro que estén en situación de desempleo, ERTE o que hayan visto reducida su jornada por motivos de cuidados, en caso de ser empresario u otras circunstancias similares que impliquen una reducción de ingresos.
A diferencia del resto de colectivos, que deben justificar los ingresos con la última declaración de la renta, en este caso basta con que esa merma de ingresos se haya producido el mes anterior. Los límites económicos para ser beneficiario son los mismos que para el resto de consumidores y también los límites se incrementan en 0,5 veces el IPREM si se acreditan algunas de las circunstancias personales o familiares.
Y tener contrato con una comercializadora de referencia
Sea cual sea tu circunstancia, lo que es obligado es tener la tarifa PVPC: el bono social es solo aplicable en la tarifa PVPC la tarifa del mercado regulado. Si aún no eres cliente porque estás en el mercado libre, la solicitud del bono social la debes dirigir a una de estas comercializadoras, con la documentación exigida y si eres beneficiario, automáticamente harán el cambio de compañía.
Estas son las comercializadoras, su teléfono y página web:
Cómo solicitar el bono social
Infórmate acudiendo a tu comercializadora de referencia (por teléfono, a través de la web o por correo…)
Indica que quieres pedir el bono social y pide que te faciliten la documentación necesaria.
Te darán un formulario, que debes rellenar con tus datos y los de la unidad familiar.
¿Qué necesitas?
Además del formulario:
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