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Cómo dejar de recibir publicidad no deseada
Cómo dejar de recibir publicidad no deseada

Te acosan por tierra, mar y aire con e-mails, cartas y llamadas en las que intentan endilgarte tarifas, seguros, descuentos... Les pides que paren y no lo hacen. Les dices que no te interesa y no te escuchan. Te contamos cómo evitar llamadas o correos basura y las obligaciones, límites y horarios de las empresas en comunicaciones comerciales.

Claves para librarte del spam

1. La Lista Robinson

Nunca te llevarías a un teleoperador a una isla desierta. 

Para cortar amarras con el acoso comercial existe la Lista Robinson, un registro en el que se apunta quien no quiere recibir publicidad. 

Funciona, pero con 2 matices importantes:

  • 1) La Lista Robinson te protege de las entidades con las que nunca has tenido relación. Si se trata de una empresa con la que tienes o tuviste contrato, tienes que contactarles directamente para exigirles que dejen de enviarte publicidad. 
  • 2) Tienen que pasar 3 meses desde el momento en que te apuntas para que la Lista Robinson empiece a hacer efecto. 

No lo dudes: apúntate aquí ahora mismo. Se hace en 5 minutos. 

  • Primero tendrás que registrarte: das tus datos, recibes un e-mail para confirmar y ya tienes tu nombre de usuario (el DNI o NIE) y una clave numérica.
  • Después bastará pinchar en "Acceso al servicio": te piden nombre y clave para acto seguido preguntarte por qué vía quieres dejar de recibir publicidad. 

Las opciones son e-mail, teléfono (móvil y fijo), correo postal y mensajes SMS/MMS. Se activan por separado, indicando tu dirección/número. 

Cada paso que des será confirmado con un e-mail: conviene guardar estos correos como prueba. 

Para las empresas con las que tienes o tuviste contrato: envía e-mail o carta pidiendo que dejen de enviarte publicidad. La web de la Lista Robinson te facilita un buscador de entidades para hacerles llegar tu petición. Conserva todo lo que envíes. 

2. Denunciar en la Agencia de Protección de Datos

Es el lugar en el que denunciar si las empresas pasan de ti y siguen acosándote. Puedes denunciar si:

  • ya han pasado 3 meses desde que te apuntaste a la Lista Robinson y aun así te siguen llamando o escribiendo entidades con las que nunca has tenido relación.
  • empresas con las que tienes o tuviste contrato ignoran tus peticiones de dejar de recibir publicidad. 

En la web de la Agencia encontrarás todo lo que necesitas para escribir tu denuncia. Las multas de la Agencia de Protección de Datos hacen temblar a las empresas. Si mucha más gente reclamase, las cosas cambiarían. 

Lo que dice la Ley

El 25 de mayo de 2018 entró en vigor el Nuevo Reglamento General de Protección de Datos. Te damos más información en:

Novedades GDPR o RGPD

¿Qué obligaciones tienen las empresas?

La Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios regula los derechos de los consumidores en las comunicaciones comerciales a distancia y establece lo siguiente:

  • En cada llamada, y al principio de la comunicación, la empresa deberá informar claramente al consumidor de: la identidad del vendedor; la finalidad comercial, las características esenciales del producto o servicio, el precio y el derecho de desistimiento del usuario.
  • Las comunicaciones comerciales por vía telefónica no podrán realizarse por sistemas automatizados sin intervención humana, salvo que el consumidor lo haya autorizado expresamente.
  • Están prohibidas las llamadas que se efectúen desde un número oculto, por lo que solo serán legales aquellas que se realicen desde números de teléfono identificables para que el consumidor pueda ejercitar su derecho a no recibir comunicaciones comerciales.
  • El consumidor deberá tener la posibilidad de oponerse a las comunicaciones comerciales recibidas por fax, teléfono, correo electrónico u otros medios equivalentes. Si ya existiera relación contractual, el consumidor deberá ser informado, en cada una de las comunicaciones comerciales que reciba, de las formas con las que cuenta para no recibirlas.
  • En la primera comunicación comercial que realice la empresa, deberá informar al consumidor, tanto de su derecho a oponerse a recibir nuevas ofertas como a obtener el número de referencia de dicha oposición. A solicitud de consumidor y usuario, el empresario estará obligado a facilitarle el justificante de haber manifestado oposición, que deberá remitirle en el plazo más breve posible y, en todo caso, en el plazo, máximo de un mes.
  • La empresa que realice la oferta publicitaria deberá conservar durante un año los datos relativos a los usuarios que se hayan opuesto al tratamiento de sus datos, junto con el número de justificante facilitado.

Horarios de contacto para fines comerciales

La modificación del Texto Refundido de Defensa de Consumidores y Usuarios vino a regular los horarios en los que las empresas podían ofrecer sus productos a los usuarios por vía telefónica. La norma señala que las llamadas comerciales:

Solo podrán realizarse entre las 9 de la mañana y las 21 de la noche.

Nunca en festivos, ni en fines de semana. 

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