Si vamos a alquilar o comprar una casa y queremos instalar gas natural es importante estar bien informado sobre cómo dar de alta este suministro. Te contamos en detalle unos pasos a seguir para hacer este trámite más sencillo y unos consejos para contratar la tarifa adecuada.
Lo primero que debes tener en cuenta es si la vivienda tiene ya un contrato con el anterior dueño (lo más normal en vivienda de segunda mano o alquiler) o, de lo contrario, la casa no tiene ni siquiera instalación.
Si no hay instalación: derechos de alta y acometida
En el caso de que nuestro domicilio no disponga de instalación de gas es necesario que te pongas en contacto con un instalador de gas natural autorizado. Este instalador es el que realizará todas las adaptaciones necesarias, elaborará un Certificado de la instalación y normalmente te facilitará los trámites con la distribuidora de gas de tu zona. Puedes solicitar presupuesto a varios instaladores y elegir aquél que más te interese.
Como ocurre con la electricidad, cada territorio tiene su propia distribuidora que será la que gestione el alta. Nedgia (Grupo Gas Natural) está presente en gran parte del país, pero hay otras como Nortegas, Madrileña de Gas o Gas Extremadura que tienen su propio área de distribución. Algunas distribuidoras como Nedgia (Grupo Gas Natural) promocionan este suministro con importantes bonificaciones que problablemente tu instalador te ofrecerá.
Si la casa ya tiene gas...
Los trámites se simplifican si tu vivienda ya tiene instalación de gas:
Si la casa lleva menos de 1 año con el servicio de gas dado de baja, tan sólo será necesario que la Inspección Periódica de la instalación (cada 5 años) sigue vigente para comenzar a dar el servicio.
Por el contrario, si ha pasado más de 1 año, será necesario acudir a un instalador para que nos prepare un nuevo Certificado de la Instalación.
En viviendas de segunda mano o alquileres lo más normal es que ya tengan un contrato de suministro activo. En ese caso, lo más rápido y económico es solicitar un traspaso del contrato. No tendrás que pagar nada por el cambio, aunque es aconsejable consultar las deudas o consumos pendientes de facturar para llegar a un acuerdo con el anterior titular. Si el anterior propietario tuviera deudas o tienes sospechas que el contador del anterior propietario pudiera estar manipulado, mejor solicita un alta nueva para evitar asumir responsabilidades del anterior propietario.
¿Qué tarifa de acceso contrato?
Sea cual sea tu compañía, a la hora de contratar el suministro de gas hay que elegir entre la tarifa de acceso 3.1 (hasta 5000 kWh al año) y la tarifa de acceso 3.2 (de 5000 a 50000 kWh al año). La primera se dirige a hogares con bajo consumo de gas y la segunda a hogares que hacen un uso más intenso normalmente por tener calefacción con gas. El suministro es exactamente el mismo en uno y otro caso. Sólo cambia la tarifa a pagar. Con la tarifa de acceso 3.1, se paga poco al mes de término fijo (en torno a 4 €/mes) a cambio de sufrir unas tarifas más elevadas por el consumo. Con la tarifa de acceso 3.2, el precio mensual es mayor (en torno a 9 €) y a cambio el precio del kWh es más reducido.
En un suministro nuevo, la compañía te preguntará si utilizas el gas para la calefacción o no para atribuirte una u otra tarifa de acceso. Además, la compañía distribuidora, cada año debe valorar cuál ha sido tu consumo, y reasignarte la tarifa que más te interese automáticamente.
El problema es que cuando se diseñaron esta estructura de tarifas, exactamente a partir 5000 kWh pasaba a ser más interesante la tarifa 3.2. La realidad es que en la actualidad, con los cambios en las tarifas, hay que llegar a los 7500 kWh al año para que interese contratar la tarifa 3.2. Por eso, si tu vivienda no es especialmente grande o no vives en una zona muy fría, mejor optar por la tarifa 3.1 y espera a la primera revisión anual a que la distribuidora reasigne la tarifa si es necesario.
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