Escuchar la palabra juicio, siempre da un poco de respeto, pero si usted está bien informado podrá afrontar la situación. Las costas del juicio variarán según sea la indemnización solicitada, ya que no en todos los casos necesitará los servicios de un abogado o un procurador. Día Mundial del Consumidor: reclamar es un derecho... pero, ¿cómo hacerlo?
Si la cuantía reclamada no supera los 2.000 euros no necesitará abogado ni procurador. Para una cuantía hasta 6.000 euros, la demanda se tramitará mediante juicio verbal y a partir de 2.000 euros necesitará estar representado por un procurador de los tribunales y un abogado. Si la cuantía del pleito supera los 6.000 euros o es de cuantía indeterminada, la tramitación se seguirá por juicio ordinario y también deberá acudir tanto con un procurador como con un abogado.
Si usted carece de patrimonio suficiente para litigar puede solicitar a un abogado de oficioy litigar por el sistema de justicia gratuita, pero deberá cumplir con unos requisitos:
1. Ser persona física.
2. Contar con unos recursos e ingresos económicos brutos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, que no superen los siguientes umbrales:
Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar. (En 2016 12.780,26 euros).
Dos veces y media el indicador público de renta de efectos múltiples vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas integradas en algunas de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros. (En 2016 15.975,33 euros).
El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros. (En 2016 19.170,39 euros).
Fuente: El Economista