Tras muchos tiras y aflojas, la sentencia final del Tribunal Supremo deja las cosas así: si el juez declara abusiva la cláusula por la que te impusieron los gastos hipotecarios, tienes derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.
Hablamos de hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2019
Hace unos años, demandamos a los bancos por imponer a los clientes que les pedían préstamos hipotecarios unos gastos que en buena ley no debían pagar.
Ese fue el comienzo de un largo camino judicial que ahora llega a su fin después de muchos tiras y aflojas, con la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2021.
La solución que establece es buena para los consumidores y beneficiará a los que contrataron sus hipotecas antes del 16 de junio de 2019 (en esa fecha cambió la ley que rige los contratos de las hipotecas, como te explicamos unas líneas más abajo).
A partir de ahora, si demuestras que al contratar lahipoteca el banco te impuso los gastos de forma abusiva, puedes reclamar su devolución:
Reclama los gastos de tu hipoteca
Gracias a la sentencia del Tribunal Supremo, si reclamas a tu banco por imponerte de forma abusiva la cláusula que fijaba el pago de los gastos de constitución de la hipoteca y te dan la razón, ya no hay más que discutir: el reparto correcto de los gastos se hará como dice la sentencia en cuestión. Por eso, te animamos a reclamar.
¿Y si he contratado una hipoteca recientemente?
La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que entró en vigor el 16 de junio de 2019, establece quién debe asumir cada gasto de formalización de la hipoteca. Siempre que el reparto previsto se respete, no hay nada que reclamar:
Ha sido un camino accidentado, pero ha valido la pena
El camino que ha conducido a esta sentencia ha estado lleno de avances y retrocesos y el beneficio para los consumidores ha peligrado más de una vez.
En diciembre de 2015, el Tribunal Supremo resolvió, a instancias de OCU, que era nulo y abusivo que los bancos impusieran a los clientes la totalidad de los gastos de formalización de la hipoteca, pero no determinó el porcentaje de reparto entre el banco y el consumidor. En la práctica, el reparto quedó a merced de las diferentes audiencias provinciales (más generosas con el consumidor) y de los posteriores pronunciamientos del Supremo (más condescendiente con los bancos).
Ha tenido que terciar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia de 16 de julio de 2020, rectificando al Tribunal Supremo y estableciendo que si la cláusula de imposición de gastos se declara abusiva, el tribunal no puede decidir el reparto de los gastos: se le devuelven todos aquellos que no le correspondieran, con arreglo a la ley vigente si la hubiera.
Tras esta sentencia al Tribunal Supremo no le ha quedado más remedio que rectificar, estableciendo que, una vez declarada abusiva la cláusula de imposición de gastos, los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.
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