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Hipoteca y gastos abusivos: reparto zanjado
Hipoteca y gastos abusivos: reparto zanjado

Tras muchos tiras y aflojas, la sentencia final del Tribunal Supremo deja las cosas así: si el juez declara abusiva la cláusula por la que te impusieron los gastos hipotecarios, tienes derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.

Hablamos de hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2019

Hace unos años, demandamos a los bancos por imponer a los clientes que les pedían préstamos hipotecarios unos gastos que en buena ley no debían pagar.

Ese fue el comienzo de un largo camino judicial que ahora llega a su fin después de muchos tiras y aflojas, con la sentencia del Tribunal Supremo de 27 de enero de 2021.

La solución que establece es buena para los consumidores y beneficiará a los que contrataron sus hipotecas antes del 16 de junio de 2019 (en esa fecha cambió la ley que rige los contratos de las hipotecas, como te explicamos unas líneas más abajo).

A partir de ahora, si demuestras que al contratar lahipoteca el banco te impuso los gastos de forma abusiva, puedes reclamar su devolución:

A cargo de la entidad financiera corren el Registro de la propiedad, la gestoría y la tasación, así como la mitad de los gastos notariales.

A cargo del consumidor corre la otra mitad de los gastos notariales y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

Reclama los gastos de tu hipoteca

Gracias a la sentencia del Tribunal Supremo, si reclamas a tu banco por imponerte de forma abusiva la cláusula que fijaba el pago de los gastos de constitución de la hipoteca y te dan la razón, ya no hay más que discutir: el reparto correcto de los gastos se hará como dice la sentencia en cuestión. Por eso, te animamos a reclamar.

  • Recuerda que reclamando a través de OCU podrás acudir a la vía judicial con un despacho de abogados de reconocido prestigio, especializado en la materia.
  • Los honorarios cubren todas las actuaciones judiciales y extrajudiciales en todas las instancias, hasta sentencia firme o acuerdo extrajudicial definitivo.
  • Además, si tu contrato tiene otras cláusulas abusivas, como IRPH o cláusula suelo, tienes la posibilidad de reclamar la abusividad de todas las cláusulas en un mismo procedimiento judicial.
  • Por último, no olvides que también podrás reclamar aunque hayas renegociado la cláusula y hayas firmado un acuerdo con tu banco renunciando a emprender acciones judiciales. Dichos acuerdos también pueden ser abusivos si no son transparentes.

¿Y si he contratado una hipoteca recientemente?

La Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario, que entró en vigor el 16 de junio de 2019, establece quién debe asumir cada gasto de formalización de la hipoteca. Siempre que el reparto previsto se respete, no hay nada que reclamar:

  • Los bancos asumen los gastos de notaría y de inscripción en el registro de la propiedad, así como los gastos de la gestoría que se encargue de los trámites.
  • El consumidor debe hacerse cargo de los gastos de tasación del inmueble, así como pagar las copias de la escritura que solicite.

Ha sido un camino accidentado, pero ha valido la pena

El camino que ha conducido a esta sentencia ha estado lleno de avances y retrocesos y el beneficio para los consumidores ha peligrado más de una vez.

En diciembre de 2015, el Tribunal Supremo resolvió, a instancias de OCU, que era nulo y abusivo que los bancos impusieran a los clientes la totalidad de los gastos de formalización de la hipoteca, pero no determinó el porcentaje de reparto entre el banco y el consumidor. En la práctica, el reparto quedó a merced de las diferentes audiencias provinciales (más generosas con el consumidor) y de los posteriores pronunciamientos del Supremo (más condescendiente con los bancos).

Ha tenido que terciar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia de 16 de julio de 2020, rectificando al Tribunal Supremo y estableciendo que si la cláusula de imposición de gastos se declara abusiva, el tribunal no puede decidir el reparto de los gastos: se le devuelven todos aquellos que no le correspondieran, con arreglo a la ley vigente si la hubiera.

Tras esta sentencia al Tribunal Supremo no le ha quedado más remedio que rectificar, estableciendo que, una vez declarada abusiva la cláusula de imposición de gastos, los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales.

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