El próximo 22 de febrero, la garantía en la compraventa de los productos será la protagonista de una votación en el Parlamento Europeo. El objetivo es armonizar la normativa de los estados miembro sobre la materia.
¿La misma garantía? Sí, si es la mejor
Sobre el papel puede estar bien que todos los ciudadanos de la Unión Europea tengan los mismos derechos en materia de garantías legales… pero solo será así si esos derechos anteponen por encima de todo la protección de los consumidores, la parte más debil.
OCU y las demás organizaciones europeas de consumidores, con BEUC en cabeza, no se opone a que la protección sea la misma en toda la Unión Europea, pero sí a que en alguno de los Estados miembro el consumidor pudiera perder derechos, lo que efectivamente sucedería de aprobarse la propuesta. La igualdad debe hacerse por arriba, subiendo el nivel de protección todos los países.
Sin embargo, lo que la Comisión pretende es aprobar una Directiva que establezca una armonización y que se debería trasponer tal cual, de forma que en ningún Estado los consumidores queden menos protegidos… ni tampoco más protegidos. Pero los consumidores queremos que la normativa favorezca al máximo los derechos actuales y futuros de los consumidores. Queremos reforzar la protección de los consumidores europeos en general (y españoles en particular), no debilitarla.
Queremos garantías sobre la garantía
¿Qué esperamos conseguir las organizaciones europeas de consumidores? Que los representantes de cada país en el Parlamento Europeo sean conscientes de lo que está en juego en esta votación del informe sobre la venta de bienes tangibles y las garantías legales asociadas. Nuestras peticiones se basan en que:
El consumidor pueda elegir. En caso de un fallo de un producto, sea el consumidor quien decida si prefiere el cambio, la reparación o la resolución de contratos. Debería ser una norma general en la Unión Europea que, dado que es el comerciante o fabricante quien incumple el contrato, el consumidor pueda decidir qué solución prefiere.
Se amplíe el periodo de garantía legal. En España es de dos años, pero otros países europeos se planea ampliar. Para OCU y BEUC, un período máximo de garantía legal de dos años no es suficiente. El período de garantía legal debe estar a la altura de la vida útil más prolongada de muchos productos y no frustrar las expectativas legítimas del consumidor.
No sea el consumidor quien se vea obligado a demostrar el origen del fallo, lo que sucede en la práctica: pasados los primeros 6 meses, la carga de la prueba recae en el usuario, lo que en la práctica limita mucho esa garantía real.
Se informe sobre piezas de repuesto: los derechos de garantía legal deben tener en cuenta nuevas realidades del mercado, como la economía circular o la obsolescencia prematura. Como mínimo, los comerciantes deben estar obligados a informar sobre la disponibilidad de piezas de repuesto.
El fabricante asuma su responsabilidad. Por lo menos, los fabricantes deben informar a los consumidores sobre la vida útil esperada del producto (lo que debería ser una garantía comercial) o indicar claramente que no garantizan la durabilidad.
En OCU no queremos que se debiliten nuestros derechos: cuando el Parlamento Europeo vote sobre los nuevos derechos de los consumidores, esperamos que salgan reforzados, no lo contrario.
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