Los consumidores recibirán una ficha de advertencias estandarizada a la hora de firmar un préstamo hipotecario. En ella se les informará de lascondiciones o elementos relevantes que contenga y de los riesgos que estén asociados a ellos. Entre otros datos, encontrarán las cláusulas suelo, la posibilidad de vencimiento anticipado, la distribución de gastos asociados a la concesión del préstamo y préstamos en divisas.
Así consta en el anteproyecto de ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, cuyo informe estudió ayer el Consejo de Ministros, y que tiene como objetivo reforzar la protección al consumidor y mejorar la transparencia en los préstamos inmobiliarios.
La nueva ley se divide en tres bloques: un primero en el que se fijan las normas de conducta que han de seguirse en el proceso de elaboración, promoción, comercialización y contratación de préstamos; un segundo con medidas de transparencia en la fase de contratación; y un tercero relativo al papel que juegan notarios y registradores.
Con el fin de garantizar la transparencia, el proyecto de ley obliga a las entidades a ofrecer a los clientes un documento con referencias especiales de las cuotas periódicas a satisfacer en diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés en el caso de que el préstamo sea a tipo variable.
Tras la polémica surgida por el abono de los gastos hipotecarios, la normativa contempla la obligación de ofrecer información desglosada al prestatario de todos los gastos asociados a la firma. Se dispondrá de un modelo de contrato de préstamo inmobiliario que los bancos y los consumidores podrán utilizar de forma voluntaria.
Conforme a la ley, el prestamista tendrá que entregar al prestatario una ficha normalizada con todas las características del préstamo antes de contratarlo, que tendrá carácter de oferta vinculante durante el plazo de siete meses. También será necesario que las personas que evalúan la solvencia y comercialicen los préstamos tengan un cierto nivel de capacitación.
Comisiones de amortización
La norma prohíbe las ventas vinculadas, aunque permite las combinadas (aquellas en las que se ofrece el préstamo por separado o en un paquete).
Además, se establece el derecho del prestatario a reembolsar todo o parte del préstamo «sin más comisiones o compensaciones que la pérdida financiera durante un período y unos porcentajes máximos».
También se refuerza el control de legalidad que deben ejercer notarios y registradores, de manera que no se autorizará la escritura si el prestamista no acredita que se ha entregado la información precontractual siete días antes.
Fuente: LaVozdeGalicia/EuropaPress