Aunque el número de accidentes y fallecidos en accidentes de tráfico va descendiendo, siguen siendo demasiados. El Gobierno ha aprobado modificaciones en el Reglamento General de Vehículos, Reglamento General de Conductores y el Reglamento General de Circulación con la finalidad tratar de reducir un 50% el número de fallecidos.
Los cambios afectan sobre todo a los límites de velocidad y a la circulación de distintos tipos de vehículos: lugares, requisitos, condiciones… Y aunque la mayoría de las novedades no se producirán hasta 2021, algunos cambios entran en vigor hoy, 12 de noviembre. Infórmate.
Nuevos límites de velocidad en vías urbanas
Se modifica la velocidad máxima en vías urbanas y travesías:
Todas las normas de velocidad entrarán en vigor en mayo de 2021.
Uso de vehículos de movilidad personal
La DGT ya había publicado una disposición transitoria sobre los vehículos de movilidad personal (patinetes eléctricos), que ahora quedan también incluidos en las nuevas normas.
La velocidad máxima que pueden alcanzar continúa siendo de 25 km/h.
Para que se puedan usar en la vía pública deberán tener un certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos. Se publicará en el BOE un "Manual de características" que será el que deben cumplir. El certificado será obligatorio 2 años después de la publicación de ese "Manual de características".
Los patinetes no podrán circular por aceras, vías peatonales, túneles urbanos, travesías, vías interurbanas, autopistas o autovías.
Estas normas sobre patinetes entran en vigor el 1 de enero de 2021.
Cambios en los permiso de circulación
Se baja la edad para conducir autobuses y camiones de 21 a 18 años, siempre que se haya aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
Se eleva el límite de peso para poder furgonetas con el permiso B: pasa de de 3500 kg a 4200, siempre que el incremento de peso se deba a la tecnología del motor.
Todas estas normas entran en vigor el 12 de noviembre de 2020.
Y habrá más reformas
También se ha aprobado el anteproyecto de ley de reforma de la Ley de Tráfico, que incluye medidas como el incremento de pérdida de puntos en algunas sanciones: por ejemplo, por usar el móvil mientras se conduce quitarán 6 puntos del carné, no llevar a los niños en un asiento de seguridad adecuado se sancionará con 4 puntos de carné o tener instalado un sistema de detección de radar, aunque no se use, implicará perder 3 puntos.
Además, entre otras medidas se acabará con la posibilidad de rebasar en 20 km/h la velocidad máxima genérica en carreteras convencionales en caso de adelantamiento.
El objetivo de todos estos cambios normativos, que se centran en aspectos muy concretos, es conseguir bajar el número de accidentes de tráfico y sus consecuencias.
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