A pesar de ser causa de fuerza mayor, OCU recuerda que los afectados tienen derecho a la devolución del importe del billete o al traslado en otro transporte alternativo
Tras el accidente aéreo ocurrido el domingo en Etiopía y por otros similares ocurridos anteriormente con los mismos modelos, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) han decidido cerrar el espacio aéreo a todos los vuelos operados con aviones Boeing 737 MAX 8 y 9. Una decisión a la que se han sumado países de todo el mundo.
Teniendo en cuenta que muchas compañías aéreas tienen entre sus flotas algunos de estos modelos y que muchos españoles se pueden ver afectados, OCU recuerda que, al tratarse de una circunstancia extraordinaria, no existe derecho a compensación por parte de la compañía.
Sin embargo, a pesar de tratarse de una causa de fuerza mayor, todos los pasajeros que hayan sufrido una cancelación de su vuelo por este motivo tienen derecho a la devolución del importe del billete o al traslado a su destino en otro transporte alternativo, lo más rápido posible.
Además, según el reglamento, la devolución del billete deberá realizarse en el plazo de siete días y tendrá que contemplar la parte del viaje que ya se hubiera realizado y las que quedaran por realizar.
En caso de que este derecho no se cumpla, los consumidores afectados deben reclamar a la compañía aérea correspondiente y, si esta no responde favorablemente en el plazo de un mes, deben dirigirse a la AESA para notificarlo.
Para ello, OCU recomienda conservar todos los documentos disponibles, como el billete o el talón de equipaje, que deberán acompañar a la reclamación.
Los usuarios afectados pueden ponerse en contacto con OCU en el siguiente enlace www.ocu.org/acciones-colectivas/reclamacion-vuelos o a través del número de teléfono 900 816 928
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